jueves, 22 de noviembre de 2007

Cálculos Carga Horaria de Aula

Horas Aula: La docencia de aula semanal para los docentes que se desempeñan en establecimientos educacionales que estén afectos al régimen de Jornada Escolar Completa Diurna, no podrá exceder de las 32 horas con 15 minutos excluidos los recreos, cuando la jornada contratada fuere igual a 44 horas semanales. El horario restante será destinado a actividades currriculares no lectivas. Cuando la jornada contratada fuere inferior a 44 horas semanales e igual o superior a 38 horas semanales, el máximo de clases quedará determinado por la proporción respectiva (artículo 69. Estatuto Docente).
Recreos:

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