jueves, 7 de junio de 2007

Bonificación de Reconocimiento Profesional o Asignación de Título

DefiniciónBonificación recientemente creada por la Ley Nº 20.158, a contar del mes de enero del año 2007. Su valor se pagará de acuerdo al mecanismo establecido por la ley y se incrementará gradualmente cada año, entre el 2007 y el 2010, para alcanzar la suma total de $64.172 el 2010, dependiendo si el educador sólo posee título (tendrán sólo derecho al componente base) o si a este se suma una mención (asociada a su título o a un subsector de aprendizaje o un nivel educativo).
Para tener derecho a esta bonificación, los profesionales de la educación deberán acreditar estar en posición del título de profesor o educador otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, con un programa de estudios de a lo menos ocho semestres académicos.Este beneficio será imponible, tributable y se reajustará en la misma oportunidad y porcentaje que la unidad de subvención adicional (USE). Beneficiarios
Docentes del Sector Municipal.
Educadores del Sector Particular Subvencionado.
Maestros sector DL Nº 3166.


Monto

La Bonificación de Reconocimiento Profesional se pagará proporcionalmente a las horas de contrato o designación con un tope de 30 horas semanales y reemplazará gradualmente a la Unidad de Mejoramiento Profesional (UMP):
El 2007, en un 25% del valor de la UMP.
El 2008, en un 33% del valor de la UMP.
El 2009, en un 50% del valor de la UMP.
El 2010, en un 100% del valor de la UMP. Observaciones
Los educadores de Enseñanza Media y los profesores normalistas, serán considerados docentes con mención.

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