jueves, 22 de mayo de 2008

Código del Trabajo - vigente desde el 31 de marzo del 2008


Buscar archivo en el Grupo Google http://groups.google.com/group/sindicatopjfp?hl=es

Licencias Médicas

1.- El acuerdo entre el Colegio y el Sindicato es que la Primera Licencia Médica se paga con la correspondiente solicitud para ello.

2.- Las licencias médicas que sean descontadas de la liquidación mensual no se recuperan ya que el colegio debe gestionar el reemplazo y el pago de este.

3.- Puede existir un acuerdo entre el trabajador y el empleador para pagar las siguientes licencias y que estas horas sean recuperadas.

viernes, 9 de mayo de 2008

jueves, 8 de mayo de 2008

Informe de Gastos de Celebración "Día de la Madre"

Se compraron 120 regalos por un monto toral de $65.355.- en Hiper Mercado Líder. Cheque Nº5678555 BCI